La AEPD multa a una empresa de logística con 16.000€ por implantar un sistema de identificación biométrica sin DPIA

1 Dic, 2021

AEPD ha impuesto una sanción de 20.000 euros a una empresa de transporte y montaje por no haber implantado previamente un sistema de control presencial de los trabajadores mediante un sistema de huellas dactilares, sin previa realización de una evaluación de impacto sobre la protección de datos personales (EIPD).

La denúncia la va presentar el departament sindical de l’empresa. El reclamant va denunciar que, considerant que les instal·lacions de l’empresa estaven ubicades en un recinte amb el seu propi sistema de control d’accessos, visites i presència laboral, a més de la incorporació d’un altre sistema de transferència de targetes establert per la mateixa empresa, el tercer sistema de control seria infructuós.

La AEPD ha determinado que la realización de una EIPD es un paso necesario considerando que el tratamiento implica el uso de categorías especiales de datos para valorar si existe otro sistema menos intrusivo con el que se obtenga finalidad idéntica. Además, deben cumplirse los requisitos legales para el tratamiento, la base legitimadora y el respeto de los principios fundamentales del tratamiento de datos previsto en el artículo 5 del RGPD.